SOBRE LA MESA DIRECTIVA

1.-¿Qué es una Mesa Directiva?

La Mesa Directiva es la conformación y representación oficial de vecinos de un Barrio, Colonia, Fraccionamiento o Unidad Habitacional determinado, que otorga el Ayuntamiento ante las demás autoridades gubernamentales y las organizaciones civiles en sus diferentes vertientes.

2.-¿Cuál es su objetivo?

La Mesa Directiva de Vecinos tiene por objeto salvaguardar los intereses de los vecinos, así como apoyar el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo municipal o bien la realización de obras y acciones en beneficio de la colectividad, no pudiendo bajo ninguna circunstancia existir más de una Mesa Directiva de Vecinos por Barrio, Colonia, Fraccionamiento o Unidad Habitacional. 

3.-¿Cómo se que existe Mesa Directiva en mi Barrio, Colonia, Fraccionamiento o Unidad Habitacional?

Mediante la consulta electrónica en la página web del Ayuntamiento de Puebla, http://www.pueblacapital.gob.mx/wb/ vinculo Mesas Directivas, este se encuentra en la parte inferior izquierda de la página principal.

4.-¿Cuál es el fundamento legal que regula su existencia?

El Código Reglamentario para el Municipio de Puebla, en su Capitulo Séptimo, el cual puede consultar en esta página web del Ayuntamiento de la siguiente forma: http://www.pueblacapital.gob.mx/wb/ vinculo Marco Legal, este se encuentra en la parte inferior izquierda de la página principal. 

5.-¿A que se le llama conformar una Mesa Directiva?

Se denomina conformación cuando en un Barrio, Colonia, Fraccionamiento o Unidad Habitacional, nunca ha existido Mesa Directiva y esta se constituye por primera vez. 

6.-¿A que se le llama renovar una Mesa Directiva?

Se denomina renovación cuando en un Barrio, Colonia, Fraccionamiento o Unidad Habitacional, la Mesa Directiva existente, ha fenecido su periodo de representatividad y por lo cual se debe renovar esta.

7.-¿Cuánto dura una Mesa Directiva en su cargo?

 Los miembros de las Mesas Directivas de Vecinos durarán en su cargo un periodo de dos años, pudiendo ser reelectos únicamente por un término igual al de su ejercicio.